Thursday, August 17, 2006

 

Azuela objeta que la Corte indague violaciones al voto

Azuela objeta que la Corte indague violaciones al voto
Carlos Avilés
El Universal
Jueves 17 de agosto de 2006
Nación, página 9


Descalifica artículo constitucional que la faculta para ello por "raro y obsoleto"


En una declaración inusitada, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Mariano Azuela Güitrón, calificó ayer de "anacrónico, raro, obsoleto" y, en síntesis, "realmente redactado con los pies", el artículo 97 de la Constitución que faculta al propio tribunal que encabeza para investigar violaciones al voto público.

Con base en ese artículo, el Consejo Consultivo para un Proyecto Alternativo de Nación y un grupo de ciudadanos acudirá hoy a socilitarle a la SCJN que investigue las violaciones graves al voto público que se registraron en las pasadas elecciones presidenciales.

Desde hace un mes, de manera reiterada, la coalición Por el Bien de Todos informó que le solicitaría a la SCJN su intervención en el conflicto poselectoral.

Pero antes de que esta petición se concretara, Azuela adelantó sus puntos de vista sobre este tema ante estudiantes de la carrera de Derecho en la Universidad Anáhuac, en Huixquilucan, estado de México, al asegurar que las decisiones del Tribunal Electoral son definitivas y no hay ningún órgano por encima de él, por lo que "si la Corte interviniera en esto, estaría metiéndose, violando el derecho, en algo que no le toca".

El tercer párrafo del artículo 97 constitucional dice que la SCJN "está facultada para practicar de oficio la averiguación de algún hecho o hechos que constituyan la violación del voto público, pero sólo en los casos en los que pudiera ponerse en duda la legalidad de todo el proceso de elección de alguno de los poderes de la Unión".

Para Azuela, a título personal y no de la SCJN, dicho párrafo es anacrónico "porque viene de una Constitución que existía cuando no existía el sistema electoral que tiene un Instituto Federal Electoral y que tiene un Tribunal Electoral".

De acuerdo con datos históricos, la facultad en cuestión se incluyó, a petición de Venustiano Carranza, en la Constitución de 1917. A partir de esa fecha sólo ha sufrido una reforma, en 1977, en la que se restringió su uso a casos graves y se canceló la posibilidad de que alguien pudiera pedirle a la Corte una investigación, porque se estableció que esta era una facultad que sólo podía ejercer el alto tribunal de oficio.


Previa aclaración de que no estaba "diciendo algo que no pueda decir", Azuela informó a los estudiantes que cinco o seis personas, por separado, han entregado escritos para solicitar que la SCJN investigue violaciones al voto público en las elecciones presidenciales del 2 de julio pasado.

"Y yo he desechado, por notoriamente improcedentes, estas peticiones", les comentó a los universitarios. Porque, les precisó, quienes hicieron las peticiones no estaban legitimados para presentarlas, porque esta facultad es discrecional y sólo se puede ejercer de oficio, a petición de alguno de los ministros de la SCJN.

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